ICAGI

Nueva aplicación informática del Registro de penados y rebeldes

Fecha: 2009-01-16

(fuente: MINISTERIO DE JUSITICIA)

Entrará en funcionamiento el próximo 27 de enero

Justicia ha invertido 1.230.500 euros en la nueva aplicación informática del Registro de penados y rebeldes

• Todos los registros están preparados para su futura interconexión dentro de un sistema integrado

• Está previsto que próximamente entre en funcionamiento el Registro de Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias no Firmes

15 de enero de 2009.- El Ministerio de Justicia ha invertido en la nueva aplicación del Registro Central de Penados y Rebeldes, que entrará en funcionamiento el próximo 27 de enero, un total de 1.230.500 euros.

Con ello se avanza en uno de los objetivos fundamentales del departamento que dirige Mariano Fernández Bermejo en relación con la modernización de la gestión y utilización de los registros administrativos de apoyo a la actividad judicial, que es el funcionamiento telemático de todos ellos, así como su total interconexión.

De hecho, los Registros de Sentencias Firmes de Menores, de Rebeldes Civiles y de Protección a las Víctimas de la Violencia Doméstica, a los que se une ahora el de Penados y Rebeldes, ya funcionan de forma telemática. Los cuatro están preparados para su futura interconexión dentro de un sistema integrado de registros administrativos, del que formará parte próximamente el Registro de Medidas Cautelares, Requisitorias y Sentencias no firmes.

La nueva aplicación informática estará disponible para todos los juzgados y tribunales de España a partir del 19 de enero, con el objetivo de que los futuros usuarios puedan familiarizarse con ella, aunque el traslado definitivo de datos desde el sistema anterior no se producirá hasta el 24, tres días antes de que esté completamente operativa, el próximo día 27.

Nuevo registro de medidas cautelares

Está prevista la entrada en funcionamiento próximamente del Registro Central de Medidas Cautelares, de acuerdo a la disposición adicional segunda de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. En él se inscribirán las penas y medidas de seguridad impuestas en sentencia no firme y medidas cautelares notificadas al imputado, autos de declaración de rebeldía y requerimientos de situación personal adoptadas en el curso de un procedimiento penal.

Este Registro de Medidas Cautelares permitirá a los órganos judiciales disponer de otros elementos de juicio, además de los ya existentes, para poder así ponderar sus resoluciones en las distintas fases del proceso penal. Además, informará a los órganos judiciales sobre la existencia de órdenes en vigor de busca y captura o de detención y puesta a disposición para que ellos puedan valorar la probabilidad de un riesgo de fuga en la resolución que decidan sobre la prisión o libertad provisional del imputado.