EL TC ESTABLECE QUE TODAS LAS DECISIONES PROCESALES DICTADAS POR LOS SECRETARIOS JUDICIALES DEBEN PODER SER REVISADAS POR UN JUEZ
Fecha: 2016-03-31
(fuente: Tribunal Constitucional)
Sentencia de 16 de marzo de 2016 del Tribunal Constitucional, que declara inconstitucional el apartado 2.- del Art. 101-bis de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en la redacción dada por la Ley 13/2009 de 3 de noviembre de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial , donde se concluye que todas las decisiones procesales dictadas por los Secretarios Judiciales deben poder ser revisadas por un Juez.