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STS sobre el deber jurídico que se impone a los jueces de los Juzgados Cont- Adm. en los supuestos de autorización de entrada en domicilio para proteger los derechos de los menores, que puedan verse afectados por el ulterior desalojo de la vivienda

Fecha: 2017-12-05

(fuente: TS)

Sentencia del Tribunal Supremo de interés, que fija doctrina Jurisprudencial sobre el deber jurídico que se impone a los jueces de los Juzgados Contencioso- Administrativo en los supuestos de autorización de entrada en domicilio para proteger los derechos de los menores de edad, que puedan verse afectados por el ulterior desalojo de la vivienda, haciendo referencia al criterio de proporcionalidad.

La Comunidad de Madrid  está en su derecho de recuperar una vivienda de su propiedad y como no se desaloja voluntariamente se dirige al Juzgado Contencioso- administrativo para pedir autorización de desalojo.

Hay niños pequeños y la Sentencia entre otros motivos entiende que la Sentencia que se casa no ha respetado el Art. 27 de la Convención sobre los derechos del niño ni la Ley Orgánica 1/1996 de protección jurídica del menor.

T R I B U N A L   S U P R E M O.   Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Tercera. Sentencia núm. 1.797/2017