Seguro de Responsabilidad Civil / Erantzukizun Zibileko Asegurua
Fecha: 2020-03-27
(fuente: ICAGI)
CIRCULAR 35/2020 Seguro de Responsabilidad Civil |
Estimada/o compañera/o: Como sabes el 1 de abril ICAGI gira la póliza del Seguro de Responsabilidad Civil a los compañeros/as que así lo han querido. En tu caso, manifestaste en su momento contar con póliza propia, conforme al Artículo 12 de la Ley de Colegios Profesionales del País Vasco y al artículo 30.3 de los Estatutos del ICAGI que establece que: “Los colegiados/as podrán solicitar su exclusión individual del seguro concertado por el Colegio lo que procederá siempre que acrediten tener cubiertos con otro seguro los riesgos de responsabilidad civil en condiciones similares de cuantía garantizada y otras, a las previstas para cada colegiado/a en el seguro contratado por el Colegio que, en todo caso, velará por el cumplimiento por dichos colegiados/as del deber legal de aseguramiento de su responsabilidad civil en las condiciones mínimas señaladas.” No obstante, en el párrafo segundo de dicho artículo 30.3 se establece que: El Colegio podrá requerirles la exhibición del documento contractual y del abono correspondiente, así como copia de dichos documentos para su archivo y constancia. Si se comprobare el incumplimiento del deber de aseguramiento, la Junta de Gobierno les suspenderá automáticamente en el ejercicio de la profesión sin perjuicio de la incoación del correspondiente expediente disciplinario. En años anteriores hemos solicitado la aportación del documento contractual y justificante del abono correspondiente, pero debido a las circunstancias especiales que estamos viviendo, y entendiendo que es posible no tener dicha documentación a mano, este año te solicitamos que remitas declaración jurada de contar con póliza propia y estar al corriente del abono de la misma, con el compromiso de su envío más adelante. Recibe un cordial saludo, Secretaría
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