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Guía para Procuradores y Abogados: Cómo realizar un procedimiento monitorio a través de LexNET

Fecha: 2024-11-06

(fuente: CGAE)

Te traslado información relevante con relación a los procedimientos monitorios. Comunicación que nos ha hecho llegar la Dirección General de Transformación Digital del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Por lo que nos han trasladado, desde ese Ministerio están trabajando en la introducción de la automatización en la tramitación de los procedimientos monitorios, para lo cual es necesario que éstos, cuando se envíen por los profesionales al sistema judicial, se hagan a través de un formulario específico habilitado a este efecto en LexNet.

Se nos indica que el uso de este formulario va a permitir el registro automatizado de procedimientos monitorios civiles y gracias a ello se conseguirá una reducción de los tiempos de tramitación de este tipo de procedimientos. La clave de esta agilización está en el uso de tecnologías innovadoras como la Inteligencia Artificial y la Automatización Robótica de Procesos (RPA).

En el caso de los procedimientos monitorios ha comenzado la RPA en la fase de solicitud a través del formulario específico de procedimientos monitorios civiles en Lexnet para la obtención de información relativa a su registro, reparto y tramitación. La robotización está prevista aplicarla en las tres fases: fase de inicio, registro y reparto, admisión/subsanación, decisión y resolución. Se ha comenzado por la solicitud y posteriormente se extenderá a otras fases de la tramitación, así como al orden social.

Actualmente están funcionando con procedimientos reales en órganos judiciales piloto en Murcia y Cáceres robotizando la fase inicial de registro y reparto de los monitorios, exclusivamente a partir del formulario específico diseñado, que se convertirá en la vía única y excluyente de presentación de los escritos iniciadores de estos procedimientos. Se irán incorporando otros órganos judiciales de los que darán información oportuna a los colegios.

Por ello, cuando los profesionales tengan que presentar un procedimiento monitorio, han de

En noviembre nos informan de se tiene intención de dar un paso más en el proyecto y, a partir de ese momento, no será necesario presentar documento principal para la petición inicial de los procedimientos monitorios (demandas), ya que se cumplimentarán tanto los hechos, como los fundamentos de derecho, en la misma plataforma en los campos habilitados para ello. Por supuesto, sí que se deberán continuar anexando los documentos relacionados con el trámite procesal (facturas, certificados de titularidad de cuenta, etc.).

También será necesario por parte de los demandantes incorporar los datos de una cuenta bancaria, IBAN, junto con el certificado de titularidad de la misma, con la finalidad de que dichos datos queden incorporados en el expediente judicial, posibilitando la automatización de los pagos desde la cuenta de consignaciones judiciales, agilizando las órdenes de transferencia y reduciendo los tiempos.

Acompañamos unas infografías del proyecto, y también una guía en la que se ve cómo, paso a paso, se puede usar el procedimiento específico para monitorios.