Presentación de la nueva funcionalidad del Registro de Impagados Judiciales
- Fechas
- 19-04-2023 - 19-04-2023
- Horario
- 16:30
- Lugar
- ONLINE
- Idioma
- Castellano
- Organizador
- CTI Soluciones
- Plazo inscripción
- 19-04-2023
- Precio
- GRATUITO
Estimado/a colegiado/a
El próximo 19 de abril, a las 16.30 horas, tendrá lugar a través de la plataforma TEAMS, la presentación de la nueva funcionalidad del Registro de Impagados Judiciales, el fichero de morosos desarrollado por el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), con INFORMA y NTT DATA. Con este nuevo servicio, los abogados pueden ya hacer el requerimiento de pago previo y la notificación de inclusión en su sistema de información crediticia a través del juzgado, bien en la demanda o en un escrito de trámite posterior, sin coste alguno y con la máxima garantía jurídica.
La directora del departamento Jurídico del Registro de Impagados Judiciales, Reyes Rodríguez Zarza, será la encarga de explicar el funcionamiento de este nuevo servicio y responder a cualquier duda que pueda plantearse para su correcto uso. En la charla, hará igualmente un análisis pormenorizado de las últimas sentencias del Tribunal Supremo y explicará cómo el uso del RIJ ha quedado respaldado por su reciente jurisprudencia.
La nueva funcionalidad permite a los letrados de empresas y particulares reclamar y publicar, de forma gratuita, cualquier deuda que se vaya a judicializar, así como las judicializadas (cuya existencia o cuantía no estén siendo discutidas por el deudor en el procedimiento judicial) y las reconocidas en resolución judicial firme.
Este innovador servicio ha convertido al fichero de morosidad de la Abogacía Española en uno de los más garantistas en la reclamación y notificación de deudas. Al realizarse por vía judicial se evitan los riesgos de sanción e indemnizaciones por vulnerar el derecho al honor del afectado.
- Os facilitamos enlace para asistir al evento en directo:
- Igualmente, podéis ampliar la información sobre la nueva funcionalidad y la reciente jurisprudencia del RIJ en los siguientes enlaces:
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2023/01/23/legal/1674471567_016136.amp.html
- Asimismo, os facilitamos enlaces con las primeras resoluciones judiciales que avalan el uso de la nueva funcionalidad:
Esperamos que os sea de utilidad,
Un saludo