Se reforma el Registro Central de Violencia Doméstica para impedir que el maltratador obtenga beneficios de su víctima
Fecha: 2007-05-25
(iturria: Consejo de Ministros)
· Una comunicación continua con la Seguridad Social y Economía y Hacienda evitará que el condenado pueda obtener beneficios directos o indirectos por su relación de cónyuge o ex cónyuge de la víctima.
· Para garantizar un cumplimiento efectivo de las medidas de protección adoptadas por los juzgados, se amplía el acceso a los datos de este Registro a las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Justicia, ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se modifica la regulación del Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica, con el fin de evitar que el maltratador condenado pueda obtener beneficios directos o indirectos de su víctima, por su relación de cónyuge o ex cónyuge.
A partir de esta reforma, el encargado de este Registro Central mantendrá una comunicación, al menos semanal, con los órganos competentes de la Seguridad Social y el Ministerio de Economía Hacienda en la que se informará de todas las sentencias firmes condenatorias inscritas.
De esta forma, se impedirá que aquellos que han cometido un delito doloso de homicidio o lesiones, cuando la víctima fuera cónyuge o ex cónyuge, o hubiera estado ligada a él por análoga relación, puedan acceder a algún tipo de pensiones o beneficios sociales ligados a esa condición.
Ampliación del acceso a los datos del Registro
Por otra parte, para mejorar la lucha contra la violencia doméstica y de género, se amplía el número de personas autorizadas a acceder a dicho Registro Central para la Protección de las Víctimas, con el fin de garantizar un cumplimiento efectivo de las medidas de protección, provisionales o definitivas que hayan sido adoptadas por los órganos jurisdiccionales.
Así, podrán acceder a estos datos además de las Comunidades Autónomas y los otros agentes que ya pueden hacerlo, a través del responsable designado en cada punto de coordinación, y las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno, a través del responsable de la unidad de violencia sobre la mujer.