Ayudas económicas a mujeres víctimas de violencia de género que carezcan de recursos económicos y tengan especiales dificultades para obtener un empleo
Fecha: 2008-03-31
(iturria: www.justizia.net)
El Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social concede una ayuda de 9.780,48 euros a víctimas de violencia de género que tengan reconocido oficialmente un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, y además tengan a su cargo dos o más familiares o menores acogidos, o un familiar y un menor acogido.
Esta misma cantidad recibirán las víctimas de violencia de género que tengan a su cargo a un familiar o un menor acogido, que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, y que tenga a su cargo dos o más familiares o menores acogidos, o un familiar y un menor acogido, según datos de la Consejería recogidos por Europa Press.
También recibirá esta dotación la víctima de violencia de género con responsabilidades familiares, si el familiar o menor acogido con quien conviva tiene reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento.
Cuando la víctima de violencia de género y el familiar acogido con quien conviva tuvieran reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, el importe de la ayuda también ascenderá a 9.780,48 euros.
Estas ayudas de la Consejería vasca de Justicia están destinadas a mujeres víctimas de violencia de género que carezcan de recursos económicos y tengan especiales dificultades para obtener un empleo.
La ayuda podrá solicitarse durante la vigencia de la orden de protección, del informe del Ministerio Fiscal o, en su caso, de las medidas para la protección de la mujer establecidas en la sentencia condenatoria, dictadas a partir de la entrada en vigor de la Orden de ayudas a estas víctimas.
También es requisito carecer de rentas que, en el cómputo mensual, superen el 75 por ciento del salario mínimo interprofesional vigente, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, tener especiales dificultades para obtener un empleo y, estar empadronada y tener la residencia efectiva en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Las ayudas consisten en un pago único que, con carácter general, será equivalente a seis meses de subsidio por desempleo, que se ampliará a 24 meses de subsidio en circunstancias especiales de invalidez o responsabilidades familiares. El pago se realizará mediante un único abono, en el momento inmediato a la concesión, en la cuenta bancaria que señale la solicitante.
Las solicitantes deberán adjuntar el documento acreditativo de la sentencia condenatoria en la que se acuerdan las medidas de protección, Orden de protección de la víctima o excepcionalmente informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de violencia de género y el informe preceptivo del Servicio Público de empleo.
Además, tienen que incluir la última declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas y Patrimonio de la solicitante, o en su caso, certificado de no estar sujeto a obligación de hacer la declaración, así como el certificado de discapacidad de la solicitante, en su caso.
Las solicitudes podrán presentarse durante todo el año en los Servicios Sociales de Base del Ayuntamiento del municipio de residencia de la interesada, en las Delegaciones Territoriales del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, en la Dirección de Inserción Social, o podrán descargarse en la dirección de Internet: www.juslan.ejgv.euskadi.net