Justicia blinda a la Abogacía y concreta las competencias de acceso a la profesión
Fecha: 2010-11-03
(iturria: www.expansion.com)
El Proyecto de Real Decreto que aprueba el Reglamento de la Ley de Acceso a la Profesión lucha contra la aparición de grados multidisciplinares que no aseguren el conocimiento de competencias jurídicas.
El Ministerio de Justicia lanza un aviso a las Universidades: va a controlar periódicamente el Grado en especialización en ciencias sociales y políticas y sólo podrán entrar en el Master de acceso a la profesión de abogado y procurador los alumnos que hayan adquirido unas competencias en Derecho muy concretas. Así lo muestra el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre el Acceso a estas Profesiones, que ha podido analizar EXPANSIÓN.
El cuarto y definitivo borrador del Reglamento dejó este asunto abierto. La Abogacía auguró que florecerían grados multidisciplinares en los que no se garantizarían unos conocimientos jurídicos mínimos. El Proyecto, que arrastra un retraso que inquieta a universidades, colegios y bufetes corrige la indefinición de los requisitos de entrada.
De esta forma, además de introducir la evaluación periódica de los títulos de Grado por parte de Justicia y Educación, el Proyecto incluye un Anexo en el que se delimitan las competencias necesarias para acceder al periodo de formación que habilita para la presentación a la prueba de acceso a la Abogacía. Son ocho puntos. El primero es conocer y comprender los elementos, estructura, recursos, interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico e interpretar las fuentes y los conceptos jurídicos.
En segundo lugar, se pide conocer y comprender los mecanismos de resolución de los conflictos jurídicos. También se debe conocer y saber aplicar los criterios de prelación de las fuentes para determinar las normas aplicables a cada caso. En cuarta posición, se exige interpretar textos jurídicos desde una perspectiva interdisciplinar.
Asimismo, el Anexo demanda pronunciarse con una argumentación jurídica convincente sobre una cuestión teórica jurídica. También hay que acreditar que se sabe resolver casos prácticos conforme a Derecho, manejar con precisión el lenguaje jurídico y la terminología propia de las ramas del Derecho, y utilizar las tecnologías de la información y las comunicaciones para la búsqueda de información jurídica.
Blas Jesús Imbroda, vicepresidente de la Comisión de Formación del Consejo General de la Abogacía (CGAE), celebra que el Proyecto haya “enmendado los peligros que entrañaba el último borrador”. Sin embargo, entiende que “el Grado debería exigir unas competencias exclusivas en Derecho”.
En cualquier caso, cabe concluir que si los Ministerios del ramo van a controlar los grados y van a exigir las citadas competencias a los alumnos que quieran cursar el Acceso a la Profesión, el propio mercado acabará expulsando a los Grados que no cumplan los requisitos.
Por otra parte, el Proyecto consolida el poder que ganaron las CCAA en el último borrador e impone la necesaria autorización de las comunidades autónomas a los cursos de formación previos al examen. Así, las autonomías supervisarán la relevancia del curso, los objetivos y competencias, la admisión, la planificación, la adecuación del personal académico y los recursos, los resultados, el sistema de garantía de la calidad, la adecuación del calendario, y la calidad de las prácticas.
Todo ello, cuando el Proyecto confirma lo que dijo el cuarto borrador en su exposición de motivos: que la prueba para ser abogado “incorpora derecho sustantivo de las comunidades autónomas”. Asimismo, el nuevo texto mantiene la incoherencia de aquel Reglamento y asegura que el examen será “único en todo el territorio español”.
La mención a una prueba única no oculta, por lo tanto, que habrá un examen por CCAA, especialmente en las que tienen un Derecho propio. Esta exigencia no favorece la libre circulación de profesionales ni acerca a los abogados españoles a los de la UE, uno de los objetivos de la Ley de Acceso y del llamado proceso de Bolonia.
En cambio, el Proyecto sí que desarrolla más los apartados que vinculan a la Universidad española con otras. El nuevo texto dice que los cursos de formación podrán también configurarse combinando créditos de distintos planes de estudio de enseñanzas de un título oficial de posgrado de la misma u otra universidad, española o extranjera. En la misma línea, las universidades podrán reconocer créditos de otras enseñanzas del mismo u otro centro.
Examen
Otro cambio de calado del RD es que suprime toda concreción sobre el examen. El último borrador detalló que “la evaluación constará de dos ejercicios conforme a lo dispuesto en la Orden Ministerial Conjunta que aprueben los Ministerios de Justicia y de Educación. No se podrá realizar el segundo ejercicio sin haber superado el primero”. El Proyecto deja en el aire los detalles. El primer borrador llegó a establecer un test de 100 preguntas y un caso práctico, lo que concitó el rechazo de la profesión.
Por último, en el nuevo texto abogados y procuradores pierden importancia en la Comisión de Evaluación: antes contaban con dos representantes, respectivamente, frente a uno de Justicia, Educación, Universidad y CCAA. Ahora todos cuentan con uno.