La Tasa Judicial
Fecha: 2003-04-20
(iturria: Icagi)
El 1 de abril entró en vigor la Tasa Judicial prevista en el art. 35 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
El 1 de abril entró en vigor la Tasa Judicial prevista en el art. 35 de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
El B.O.E. número 73, de 26 de marzo de 2003, publica la Orden HAC/661/2003, de 24 de marzo, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación de la Tasa y se determinan el lugar el lugar, la forma y los plazo de presentación.