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Justicia dará a conocer "en próximos días" la primera prueba de acceso a la abogacía

Fecha: 2014-03-10

(iturria: http://www.eleconomista.es)

El Consejo de Ministros aprobó ayer Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales, para establecer los criterios por los que se realizará la prueba que capacitará para el ejercicio de ambas profesiones.

La norma viene envuelta en polémica teniendo en cuenta que existen cientos de licenciados en el limbo entre el fin de sus estudios y el arranque de su vida laboral, ya que la prueba y la formación también se les exige a los antiguos licenciados en Derecho que no llevaran colegiados un año antes del 31 de octubre del pasado 2013 y aún no se ha fijado una convocatoria de examen para ellos.

Existe incluso una plataforma de afectados que, bajo el nombre de Abogados sin Toga, reivindica la supresión del examen que impide el acceso a su profesión, a raíz de la "inactividad" en convocar la primera prueba nacional que se exige a partir de este año para incorporarse al Colegio.

Por su parte, Justicia aseguró ayer que la convocatoria de la primera prueba "se dará a conocer en próximos días" y, "en cualquier caso, el examen no podrá producirse al menos hasta tres meses después de publicarse la fecha", por lo que como mínimo se produciría en junio.

Retoques en la prueba

La Ley de Acceso, según recuerda el Ministerio, estimó necesario adquirir una cualificación profesional más allá de la sola obtención de una titulación universitaria. Ese proceso de capacitación profesional se adquiere mediante la superación de una formación especializada a través de la realización de cursos de formación que han de incluir un periodo de prácticas externas y superar una evaluación.

El Real Decreto 775/2011 estableció que, para comprobar si se posee la formación necesaria para el ejercicio de ambas profesiones, se debía realizar una prueba compuesta por dos partes: una de preguntas múltiples y otra consistente en la resolución de un caso práctico.

Así, el Real Decreto aprobado ayer por el Consejo de Ministros reforma el de 2011 con el fin de que la prueba conste únicamente de una parte escrita de contestaciones o respuestas múltiples con preguntas teóricas y supuestos prácticos sobre situaciones reales a las que van a enfrentarse los futuros abogados y procuradores.

De esta forma, asegura Justicia, ?se garantiza un sistema coherente de evaluación de aptitud profesional que permitirá valorar con absoluta objetividad la formación?.

El Real Decreto también reconsidera los porcentajes de ponderación entre la calificación obtenida en el curso de formación y la obtenida en la evaluación final, de tal forma que ésta no sea el único medio de evaluación, sino que forme parte de un conjunto de evaluaciones sucesivas. El texto establece que la calificación final resultará de la media ponderada entre el 70 por ciento de la obtenida en la evaluación y del 30 por ciento de la obtenida en el curso de formación recibido (con anterioridad a esta reforma la prueba teórico-práctica representaba el 20 por ciento).