ICAGI

Ministerio de Justicia y Banco Santander: Consignaciones judiciales en cajeros automáticos

Fecha: 2019-01-16

(iturria: Banco Santander)

 

Madrid, 16 de enero de 2019

Asunto: Consignaciones judiciales en cajeros automáticos

Con el objetivo de facilitar la realización de ingresos de consignaciones judiciales en cualquier momento y agilizar así la operativa de los profesionales de la Justicia, el Ministerio de Justicia y Banco Santander están incluyendo una mejora en el servicio CDCJ de cuentas de depósitos y consignaciones judiciales que permite la realización en cajeros automáticos de ingresos en efectivo con destino a las cuentas de consignación. Esta funcionalidad es una réplica de la funcionalidad de transferencias y supone un avance en la multicanalidad de las cuentas de consignación, además de una mejora en la accesibilidad 24x7 del ciudadano a la Justicia.

La implantación de esta funcionalidad se realizará el 4 de febrero de 2019.

Los campos y la información a cumplimentar por el ciudadano son exactamente iguales a los utilizados en la funcionalidad de transferencias que se vienen realizando desde hace años.

Estos ingresos en efectivo por cajero automático están limitados a cantidades inferiores a 1.000€, en virtud del Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de prevención del terrorismo. La pantalla del cajero automático informa de esta limitación mediante texto y no permite la realización de ingresos por un importe superior.

El ciudadano ha de especificar el número de la Cuenta Expediente (16 dígitos) para la realización del ingreso; el cambio que devuelve el cajero está limitado a 50€, avisándose al usuario antes de efectuar la operativa. Tampoco se admiten billetes de 200€ o de 500€.

Los conceptos posibles por los que se realiza el ingreso son:

  • Multas Juzgado de Paz (cuenta 5500)
  • Indemnización Juzgado de Paz (cuenta 0760)
  • Otros ingresos: Resto de cuentas, a excepción de las cuentas especiales: 5555 (Multas), 7777 (Drogas), 9999 (Fondos provisionalmente abandonados), 9900 (Recursos desestimados) y 9003 (ORGA-remanente de procedimiento)

Por tanto, el sistema recoge la información específica para que en el Juzgado se pueda identificar de forma correcta el ingreso.

El cajero automático proporciona un comprobante de la operación al ciudadano que realiza el ingreso. No se permite la anulación, retrocesión o devolución de las operaciones de ingreso por cajero realizadas para las consignaciones judiciales.