La orden ministerial Eco/805/2003, de 27 de marzo impedirá que se pueda `inflar´ el precio real de las viviendas.
Fecha: 2003-10-10
(iturria: www.diariovasco.com)
La anunciada desaceleración del precio de la vivienda, pronosticada por muchos profesionales del sector inmobiliario, podría adelantarse con la entrada en vigor hoy de una nueva normativa que pretende clarificar las tasaciones que se hacen España, para lo cual se homogeneizarán los distintos criterios que se tienen en cuenta a la hora de valorar un inmueble y se eliminará en todo lo posible la discrecionalidad. Dicho texto legal, elaborado por el Ministerio de Economía en colaboración con los departamentos de Hacienda y de Fomento, tiene como objetivo impedir la inflación del valor de las casas, una medida que dejará de basarse en un mercado cada vez más fluctuante para atender a referentes «prudentes».
La orden ministerial Eco/805/2003, de 27 de marzo, derogará la anterior regulación, que data de 1994. Tras un período de adaptación de seis meses, en el que las sociedades de tasación han debido adaptar sus equipos (sobre todo en el aspecto informático) a los nuevos requerimientos de la Administración, hoy entra en vigor una normativa que reemplaza el valor de mercado -el que tiene la vivienda en un momento dado- por el hipotecario -aquel que se supone sostenible en el tiempo-, determinado por una tasación prudente de la posibilidad de comerciar en un futuro con él, atendiendo a las condiciones «normales» que el mercado podría tener dentro de unos años y al eventual uso alternativo que podría darse a dicho bien-.
Más compra-venta
En la práctica, supone que los tasadores, en colaboración con las personas que contratan sus servicios, no deberían poder inflar el valor de las casas en función de los intereses del vendedor, del comprador, o de la entidad financiera, una práctica habitual en el mercado de la vivienda usada.
El efecto real que este cambio de actitud tendrá en el coste de la vivienda se desconoce aún, pero las sociedades del sector reconocen que en los últimos meses se han multiplicado de forma especialmente llamativa las operaciones de compra-venta (sobre todo, en Madrid y Barcelona), lo que ha sido interpretado por algunos como un intento generalizado de eludir la nueva normativa.
Los técnicos del Gobierno han establecido en la nueva normativa cuatro métodos de valoración de un inmueble: coste, comparación, actualización y residual.
Así, en el caso de la compra de un piso, recomiendan utilizar la comparación entre unidades de las mismas características (al menos con otras seis) dentro del mercado, mientras que si la operación analizada fuera de alquiler, también aconsejan acudir al valor de actualización, que se calcula según la base de renta del propietario. Una de las consecuencias previstas de la nueva norma es una mayor concentración de las empresas del sector.