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El Constitucional dice que España puede juzgar delitos de genocidio aún sin víctimas españolas

Fecha: 2005-10-06

(iturria: AGENCIAS)

El Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia por la que establece que la Justicia española es competente para juzgar delitos de genocidio y crímenes contra la humanidad fuera de España, aún cuando no haya víctimas españolas.

Esta sentencia, que establece que la jurisdicción universal prima sobre la existencia o no de intereses nacionales, responde al recurso presentado en 1999 por la Premio Nobel de la Paz Rigoberta Menchú para que España investigara los crímenes de genocidio, asesinatos, torturas y detenciones ilegales cometidos en Guatemala entre 1978 y 1986.

Con esta resolución se anula la decisión de la Audiencia Nacional de inhibirse de esa investigación y la posterior del Tribunal Supremo de admitir la persecución de este tipo de crímenes cometidos en otros países sólo en el caso de que hubiera españoles afectados.