ARRENDAMIENTO VIVIENDA. VULNERABILIDAD Y CONSECUENCIAS. ARRENDAMIENTOS USO. USO DISTINTO.
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ARRENDAMIENTO VIVIENDA. VULNERABILIDAD Y CONSECUENCIAS.
ARRENDAMIENTOS USO. USO DISTINTO.REGLAS GENERALES Y CLAUSULA “REBUS SIC STANTIBUS”.
Director: D. Daniel Loscertales Fuertes
Abogado
DESCRIPCIÓN
El Ponente explicará las circunstancias y requisitos para que un arrendatario de vivienda pueda ser considerado como ʺvulnerableʺ, por los Servicios Sociales y lo que ello supone si es demandado judicialmente en desahucio por falta de pago. Asimismo explicará su postura en relación a los arrendamientos de ʺuso distintoʺ, especialmente en cuanto a la aplicación de la cláusula ʺrebus sic stantibusʺ.
PROGRAMA
1. Vulnerabilidad “Arrendatario de viviendas”
a) Requisitos del arrendatario y familia.
b) Tramitación administrativa.
c) Actuación judicial caso de desahucio falta de pago. .
d) Disposición de otra vivienda en España.
2. Uso distinto:
a) Falta ayudas económicas.
b) Posible aplicación clausula ʺrebus sic stantibusʺ
c) Situación futura.
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